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Artículo 1°.: Créase el Consejo Argentino Asesor sobre Cambio Global.
Artículo 2°: El referido Consejo asistirá a los organismos oficiales y privados en las cuestiones relativas a los problemas fundamentales del Cambio Global y sus implicancias regionales, que involucran a la Ecoesfera e inciden sobre la sociedad humana en los temas y aspectos siguientes:
a) En la Ecoesfera:
• Cambio climático
• Pérdida de la biodiversidad
• Degradación de los suelos
• Pérdida de ozono estratosférico
• Desertificación
• Escasez y contaminación de los recursos hídricos
• Contaminación de mares y océanos
b) En la sociedad humana:
• Crecimiento de la población
• Población urbana y migraciones internas
• Amenazas a la salud
• Amenazas a la seguridad alimentaria
• Aumento de las disparidades en el desarrollo social y económico
• Incremento del sobreconsumo
• Aumento en la brecha científico-tecnológico
Artículo 3° : serán tareas específicas del referido Consejo:
-El análisis y la notificación de los problemas del ambiente y desarrollo en sus aspectos globales, nacionales y regionales.
-Evaluación de la investigación mundial y nacional en las distintas áreas de Cambio Climático
-Identificar y llamar la atención sobre nuevos problemas ambientales
-Incentivar la investigación interdisciplinaria y orientarla a las cuestiones globales y regionales de interés nacional
-Monitorear las políticas nacionales e internacionales orientadas al logro del desarrollo sostenible.
-Proveer las recomendaciones para la mejora, modernización y diversificación de los sistemas de observación y monitoreo compatibles con el trabajo a realizar.-
-Incentivar los estudios para la adaptación al Cambio Global, en particular al Cambio Climático, propiciando el desarrollo de metodologías de adaptación y estrategias de mitigación, así como sus implicancias socioeconómicas.-
-Asegurar y ampliar la participación de Argentina en foros internacionales y regionales relativos a la temática de Cambio Global.
Artículo 4°: El Consejo será apoyado administrativamente y financiado, en base bianual, por la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación y la Dirección General del Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.-
Artículo 5°: Dicho Consejo estará integrado por personalidades nacionales reconocidas en los ámbitos internacionales y nacionales del quehacer ambiental que, en un número no mayor de doce (12) constituirán la membresía del mismo.
Artículo 6°: los miembros del Consejo Argentino Asesor sobre Cambio Global dispondrán de un Grupo de Apoyo, integrado también por especialistas de las mismas áreas de conocimiento y que, consecuentemente, sumarán doce (12) profesionales-científicos de soporte de los miembros del Consejo.-
Artículo 7°: Los miembros del Consejo Argentino Asesor sobre Cambio Global y el Grupo de Apoyo serán elegidos por Presidencia de la Nación según listados de candidatos elevados por la Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación y la Dirección General de Medio Ambiente dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Serán seleccionados entre las personalidades que se desempeñen en la administración pública y en los grupos privados (empresas, academias, etc.). Su mandato será de tres (3) años, con una posible extensión del mismo por un período adicional de cuatro (4) años solamente.-
Artículo 8°: Para su funcionamiento se establecerá un secretariado integrado por el Grupo de Apoyo, con un Director de extracción científica y capacidad administrativa, que dispondrá de un servicio de administración y secretaría.-
Artículo 9°: Anualmente el Consejo deberá elevar a la Presidencia de la Nación un informe conteniendo las recomendaciones sobre investigación y continuación y activación de acciones para combatir los problemas en los campos del desarrollo y medio ambiente.-
Artículo 10°: El Consejo será el asesor científico y tecnológico natural en todas las cuestiones que involucren responsabilidades internacionales como las derivadas de las Conferencias sobre cuestiones del Cambio Climático, incluidas las correspondientes a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto, la Conferencia de las Partes de esta Convención Marco así como de otras Convenciones y Protocolos inherentes al Cambio Global. Al respecto, realizará consultas y solicitará información de los grupos empresariales y la sociedad civil (ONG y movimientos participativos), respecto de las cuestiones ambientales de interés en el desarrollo económico, social y humano.
Artículo 11°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El cambio climático global y sus implicancias regionales, el “agujero” de ozono, la extinción de las especies, la desertificación, la escasez de agua para fines múltiples y uso humano, la pobreza, la destrucción del ambiente y los paisajes en el mundo industrial, las migraciones masivas del campo hacia las ciudades, resultan expresiones comunes en la crisis fundamental de las relaciones entre el ser humano y la naturaleza.
La necesidad de eliminar esta crisis es el leit-motiv de la política mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo que, a partir del Informe Brutland y de la Agenda 21 resultante de la Conferencia Cumbre de Río de Janeiro (1992) se ha enfocado en el denominado Desarrollo Sostenible.-
El Desarrollo Sostenible es un desarrollo que conjuga las necesidades del presente sin poner en peligro las bases naturales de las que dependen las generaciones futuras.
Las organizaciones internacionales, gubernamentales y no-gubernamentales se hallan abocadas a definir una serie de incógnitas respecto de este desarrollo sostenible, un desarrollo que debe ser realizado, también, con equidad.
Nuestro país, señor Presidente, insertado en un mundo globalizado, con tendencias hacia economías liberalizadas, no puede estar ajeno a los múltiples problemas que inciden sobre su comunidad en todo lo que hace a la forma en que debería tomar el desarrollo sostenible, las trayectorias a seguir para conseguir ese objetivo y las tendencias que deben ser obviadas.-
De lo dicho se desprende la necesidad de poseer conocimientos relativos a información básica, investigaciones específicas para resolver problemas nacionales no semejantes ni repetibles en otras regiones y países, para definir las formas en que debe darse la respuesta política a cuestiones de neto origen científico y tecnológico y en definitiva, para asegurar que los niveles de decisión, tanto ofíciales como privados, dispongan del asesoramiento necesario para enfrentar los desafíos humanos y económicos que plantean los problemas de Cambio Global.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley
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