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2003
PROYECTOS DE LEY


   

FONDO ANTICRISIS

 

Artículo 1°:
Creación: créase el denominado Fondo Anticrisis (FONAN.), destinado a atender distintas necesidades requeridas por los sectores sociales y productivos destinados a paliar la especial coyuntura por la que atraviesa la población santafesina y de acuerdo a las modalidades que se especifican en los artículos siguientes.

Artículo 2°:
Integración del Fondo: el fondo que se crea por la presente se integrará de la siguiente forma:
a) Por el saldo no ejecutado a la fecha de la presente y establecido en el art. 3° de la ley Nro. 11596.
b) Por el canon percibido por el concesionamiento de la autopista Santa Fe-Rosario.
c) Por la desafectación, al final de cada ejercicio, de los saldos no invertidos de todas las cuentas especiales correspondientes a los poderes del Estado Provincial, los que pasarán a formar parte del fondo.
d) El producido de los recursos provenientes de concesiones, ventas de activos fijos, venta de acciones, etc.
e) Por los aportes que el Estado Provincial pueda lograr de organismos internacionales - financieros, de ayuda social, fundaciones, etc. - a través de las incorporaciones a sus programas.
f) Por el aporte de parte del producido de la privatización de la E.P.E. - ley nro 11727, art. Nro 121.
g) Por todo otro aporte que la Comisión de Administración creada en el artículo 4° de la presente vaya logrando.

Artículo 3°:
Aplicación del Fondo: el Fondo tendrá carácter restrictivo y su aplicación procederá de acuerdo a las siguientes prioridades y modalidades, sin que ello signifique establecer un orden de prelación ni su enumeración taxativa:
a) Aportes para el desarrollo y afianzamiento de los denominados "polos productivos" provinciales, entendiendo por tales a los emprendimientos económicos con utilización de materias primas y mano de obra intensiva de la región y que a la vez resulten con ciertas ventajas comparativas y competitivas.
b) Aportes para atención del gasto social a fin de dar respuesta a la población con necesidades básicas insatisfechas ( N.B.I.), no atendida por otros planes de asistencia Nacional o Provincial.
c) Aportes para programas de prevención de salud primaria que se determinen.
d) Aportes para la inversión sobre el capital humano, referido a la educación inicial, mediante programas de apoyo para desarrollo de infraestructura y soporte educativo, a la vez que brindar la oportunidad de acceso a las nuevas tecnologías de información y comunicación - t.i.c. -
e) Aportes a pequeños y medianos productores en contingencias especiales y/o apoyo para emprendimientos de reconversión productiva.
La Comisión de Administración creada en el artículo 4°, establecerá el carácter del aporte: no reintegrable o crédito, en cuyo caso fijará las condiciones de acceso y su reintegro.

Artículo 4°:
Comisión de gestión: créase la "Comisión de Administración del Fondo Anticrisis", la que estará presidida por el Sr. Gobernador de la Provincia e integrada por los Sres. Ministros de Hacienda y Finanzas y del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y por tres (3) Senadores y cinco (5) Diputados. Para el mejor funcionamiento esta Comisión podrá disponer e integrar comisiones y/o concejos consultivos de apoyo, formadas por instituciones intermedias, O.N.G. y que entiendan en la problemática social y por funcionarios provinciales. En ningún caso se originarán incrementos de gastos del presupuesto provincial.

Artículo 5°:
Excepcionalmente y durante la vigencia de la Comisión creada en el artículo anterior, la misma podrá afectar a los agentes provinciales que requiera para la mejor consecución de sus objetivos.

Artículo 6°:
El Ministerio de Haciendas y Finanzas y el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y/o los organismos provinciales afines intervendrán a través de un dictamen técnico y/o relevamiento social respecto de la viabilidad del proyecto o la necesidad de ayuda social.

Artículo 7°:
A los fines de la presente ley créase en la jurisdicción del Ministerio de Hacienda y Finanzas, una cuenta especial presupuestaria denominada "Fondo Anticrisis".

Artículo 8°:
Autorízase al Poder Ejecutivo a producir las modificaciones presupuestarias pertinentes a fin de permitir lo establecido en la presente ley.

Artículo 9°:
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, dará a publicidad los beneficios y/o asistencias otorgadas y efectuará todas las medidas complementarias que resulten menester para la instrumentación de lo aquí dispuesto.

Artículo 10°:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.


SEÑOR PRESIDENTE:
Pongo a consideración de mis pares el siguiente proyecto de ley con el objeto de instalar el necesario e ineludible debate institucional y social que debemos darnos acerca de la acuciante problemática social que hoy afecta a la provincia de Santa Fe en su conjunto. A la vez he tratado, a través de la presente, de brindar una herramienta que sirva para mitigar estas traumáticas situaciones, en forma rápida y abarcadora de todos nuestros conciudadanos, para auxiliarlos desde la ineludible responsabilidad del Estado.

Es menester, a los fines de comprender y justificar esta iniciativa, que realicemos, a manera de diagnóstico, un análisis de un mal endémico que castiga a nuestra sociedad: la pobreza.
Este fenómeno ha cobrado magnitud y visibilidad en los últimos años, hasta constituirse en un rasgo sobresaliente de la nueva estructura social y económica argentina, siendo menester combatirla con todas las armas a nuestro alcance, para asegurar de ese modo la existencia de una sociedad plena que merezca ser vivida en paz y prosperidad. Una sociedad donde la justicia y la equidad garanticen que el hombre ha de poder desarrollarse plenamente, siendo necesario ayudarlo a salir de esta nueva realidad, brindándole el apoyo que le permita evolucionar hacia una convivencia más sana y justa.
La pobreza resume tres fenómenos complementarios como lo son: a)- la desestructuración del mercado laboral por medio de un proceso de desempleo y subempleo crecientes y precarizado, b) - el deterioro de la prestación de servicios públicos de carácter social y c) - una relevante crisis educativa. Todo esto constituye un mapa social heterogéneo de la pobreza que abarca desde la pobreza estructural ligada a la insatisfacción de un conjunto de necesidades básicas, la indigencia que afecta a hogares que ni siquiera pueden satisfacer sus necesidades alimentarias, la pauperización de los estratos medios bajos como consecuencia de la caída de los ingresos y por último a una nueva categorización social que podemos llamar vulnerables, sector integrado por aquellos segmentos sociales que aún no estando en situación de pobreza se encuentran próximos a ella.
Frente a este complejo escenario socioeconómico, el Estado tiene por delante nuevos y variados desafíos, los cuáles deben ser atacados en forma integral e inmediata, con el objeto de dar rápida solución a los problemas mencionados anteriormente, siendo necesario una estrategia que permita romper la reproducción del círculo vicioso de la pobreza, siendo esta una tarea fundamental, no debiendo olvidar que las dificultades nutricionales iniciales, el debilitamiento de los marcos familiares, la deserción escolar temprana y la exclusión del mercado laboral van retroalimentando aquel círculo mencionado; a la vez que las fuertes tensiones sociales producidas por la exclusión son campo abonado para procesos de debilitamiento del tejido social y el incremento de la criminalidad, además de amenazar a mediano plazo los esquemas de gobernabilidad.
El eje del gran debate que se viene se estructurará en torno al problema de la calidad de las instituciones como factores de consolidación de cambio en las economías regionales, hacia reformas de justicia, educación, trabajo, capital social y previsional. Las políticas activas favorecedoras del crecimiento económico, la estabilidad monetaria, el equilibrio fiscal son necesarias e ineludibles para el desarrollo social, pero a la vez esas políticas activas no serán sostenibles en el mediano y largo plazo si no se producen e inducen un desarrollo social activo.
La coyuntura por la que atravesamos los santafesinos es dolorosa, requiriendo que se articule una estrategia de corto y mediano plazo, tal cuál es la creación de este Fondo Anticrisis (FONAN.), destinado a dar respuesta a los sectores sociales y productivos de nuestra provincia, de allí que se encuentre constituido por una sinergia de fuerzas sociales que debemos combinar para permitir generar oportunidades de reinserción social,
laboral y económica de los sectores que se encuentran "cuesta abajo". He tratado de garantizar con este proyecto de ley, la transferencia rápida de bienes y servicios que estén ligados a la superviviencia social y a la reducción de la indigencia en sectores claves como la alimentación y la salud preventiva. He comprobado con tristeza que el derrotero de la pobreza desemboca en la exclusión social con el aislamiento de los afectados, apareciendo personas desprovistas de recursos económicos, de soportes relacionales y de protección social, fuera de las oportunidades de reinserción laboral en un mercado cada vez más competitivo y exigente.
Evidentemente, nos encontramos ante una cuestión de Estado por la magnitud que asume un proceso de desestructuración violenta de una sociedad sometida a vaivenes macroeconómicos inmanejables e imprevisibles, que obviamente impactan en la cotidianeidad de sus modestas vidas, sacudidas por situaciones que no pueden solucionar por si mismo. Es por ello, que tal como lo enumero en el artículo 3° de la presente, he querido que este Fondo Anticrisis sea aplicado a suministrar fondos para el desarrollo y afianzamiento de polos productivos en nuestra provincia, que utilicen mano de obra y materias primas regionales como motor generador de nuevas riquezas, que se generen aportes para atender el gasto social, en complemento de los planes de asistencialismo dependientes del Gobierno Nacional, que no siempre llegan en tiempo y forma para cumplir el objetivo para el cuál fueron básicamente estructurados. Es también mi objetivo dotar de lo necesario para realizar una conveniente inversión en el capital humano, dotándolo de las herramientas que le permitan acceder a las nuevas tecnologías de informatización, en paralelo con las exigencias de un mercado laboral que requiere de dichos conocimientos en todas sus áreas, aún en los trabajos más elementales.
Es menester recordar que no existe crecimiento sostenido y armónico sin integración social, pues debemos luchar contra una sociedad que tiene dos velocidades, una vinculada a los adelantos tecnológicos y productivos y otra excluida hasta ser considerada casi excedente sin acceso marginal al mercado laboral.
Ojalá logremos, todos juntos, conformar un nuevo contrato social entre los santafesinos que ha de permitir restañar el tejido social, siendo la creación de este Fondo Anticrisis una contribución a que ello suceda, reafirmando el compromiso del Estado de acudir en ayuda de todos aquellos que lo necesiten, en el claro objetivo de evitar que el sistema sea lobo del hombre. Por los motivos expuestos precedentemente, solicito a mis pares aprueben el presente proyecto de ley.

 



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