SEÑOR PRESIDENTE:
Como consecuencia del proceso devaluatorio que viene soportando
nuestro país desde diciembre pasado a la fecha, se han producido
distintas situaciones, que pretendiendo acompañar dicho proceso,
tratan de adaptar las condiciones cambiantes de los créditos
otorgados con anterioridad, a la nueva situación financiera.
Me refiero concretamente a la necesaria adecuación que
en materia de débitos y créditos se ha alcanzado con
motivo de la denominada "pesificación asimétrica"
en la relación financiera pesos - versus dólar. Indudablemente,
que cada una de las partes - deudor o acreedor - pretende mantener
la ecuación económica que se tuvo en cuenta al momento
de la obligación; esto es, el deudor tratar de mantener la
cancelación de sus deudas en la forma más próxima
posible a la pesificación; por contrapartida el acreedor,
tratar de percibir su crédito lo más cerca posible
al valor dólar actual.
Esta puja trajo como consecuencia sucesivas normas reglamentarias
que pretenden encuadrar procedimientos de actualización y
normas relativas a la cancelación de los créditos.
Si a ello le sumamos la difícil situación del sector
financiero en la República Argentina confluímos en
un estado altamente inseguro, lo que acarrea preocupación
y desesperanza por parte de los deudores. En efecto, en este marco
existen en el mercado financiero nacional distintos bonos y/o letras
emitidos por la autoridad financiera rectora - Banco Central de
la República Argentina - y de distintos entes financieros,
que son aceptados como cancelación de créditos por
un valor nominal igual al valor de emisión, siendo que en
el mercado financiero esta cotización es sensiblemente inferior
a dicho valor nominal, por lo que se crea un mercado alternativo
de demanda de estos títulos - valores que son utilizados
por los deudores. Esta operatoria es fácilmente entendible
para ciudades donde están acostumbrados a manejarse con esta
realidad financiera, pero no así para centros alejados donde
resulta imposible obtener un asesoramiento al respecto.
Es por ello que resulta imprescindible que las autoridades del
Banco de la Nación Argentina compatibilicen toda la reglamentación
vigente en la materia, incluyendo instrucciones precisas en cuanto
a la aplicación del Coeficiente de Estabilización
de Referencia, a la vez que ofrecer el servicio de intermediación
como agente financiero de bolsa para facilitar la operatoria al
deudor hipotecario.
Por los motivos expuestos precedentemente, solicitamos a nuestros
pares aprueben el presente proyecto de declaración.