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2003/02
PROYECTOS DE DECLARACION


   

Preocupación ante créditos hipotecarios agropecuarios

 



La Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe DECLARA su preocupación ante la situación originada por la aplicación y/o vigencia de distintas normas que pretenden reglamentar el tratamiento financiero de los distintos regímenes de cancelación de créditos hipotecarios agropecuarios, otorgados a través del Banco de la Nación Argentina, los que impiden conocer ciertamente cuál es la norma aplicable. Asimismo se insta a las autoridades de esta Institución a que rápidamente se compatibilicen las reglamentaciones necesarias que permitan al deudor hipotecario cancelar sus créditos en el marco de la necesaria seguridad jurídica pertinente.

SEÑOR PRESIDENTE:

Como consecuencia del proceso devaluatorio que viene soportando nuestro país desde diciembre pasado a la fecha, se han producido distintas situaciones, que pretendiendo acompañar dicho proceso, tratan de adaptar las condiciones cambiantes de los créditos otorgados con anterioridad, a la nueva situación financiera.

Me refiero concretamente a la necesaria adecuación que en materia de débitos y créditos se ha alcanzado con motivo de la denominada "pesificación asimétrica" en la relación financiera pesos - versus dólar. Indudablemente, que cada una de las partes - deudor o acreedor - pretende mantener la ecuación económica que se tuvo en cuenta al momento de la obligación; esto es, el deudor tratar de mantener la cancelación de sus deudas en la forma más próxima posible a la pesificación; por contrapartida el acreedor, tratar de percibir su crédito lo más cerca posible al valor dólar actual.

Esta puja trajo como consecuencia sucesivas normas reglamentarias que pretenden encuadrar procedimientos de actualización y normas relativas a la cancelación de los créditos. Si a ello le sumamos la difícil situación del sector financiero en la República Argentina confluímos en un estado altamente inseguro, lo que acarrea preocupación y desesperanza por parte de los deudores. En efecto, en este marco existen en el mercado financiero nacional distintos bonos y/o letras emitidos por la autoridad financiera rectora - Banco Central de la República Argentina - y de distintos entes financieros, que son aceptados como cancelación de créditos por un valor nominal igual al valor de emisión, siendo que en el mercado financiero esta cotización es sensiblemente inferior a dicho valor nominal, por lo que se crea un mercado alternativo de demanda de estos títulos - valores que son utilizados por los deudores. Esta operatoria es fácilmente entendible para ciudades donde están acostumbrados a manejarse con esta realidad financiera, pero no así para centros alejados donde resulta imposible obtener un asesoramiento al respecto.

Es por ello que resulta imprescindible que las autoridades del Banco de la Nación Argentina compatibilicen toda la reglamentación vigente en la materia, incluyendo instrucciones precisas en cuanto a la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia, a la vez que ofrecer el servicio de intermediación como agente financiero de bolsa para facilitar la operatoria al deudor hipotecario.

Por los motivos expuestos precedentemente, solicitamos a nuestros pares aprueben el presente proyecto de declaración.

 



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