| 2002 |
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ACEPTACION DE LECOP
EN EL BANCO DE SANTA FE
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La Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe vería
con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos
correspondientes, interceda ante las autoridades del Nuevo Banco de
Santa Fe S.A. - agente financiero de la provincia de Santa Fe - a
fin que el mismo reciba como instrumento cancelatorio, correspondiente
a los pagos de amortización e intereses de su cartera de créditos,
las denominadas LECOP. - Letras de Cancelación de Obligaciones
Provinciales -.
SEÑOR PRESIDENTE:
Sabido es la difícil instancia económica que viene atravesando
nuestro país, que ha alcanzado en la actualidad la categoría
de crisis casi terminal. Como consecuencia de ello tiene vigencia
en nuestro país, con carácter de circulación
forzosa, las denominadas LECOP., elemento que actua como instrumento
cancelatorio al igual que la moneda de curso legal. La actividad comercial
toda se encuentra, entonces, afectada por esta realidad que hace que
todos los ciudadanos posean estos elementos de pago.
Concretamente, en el caso de los deudores del Nuevo Banco de Santa
Fe S.A., que deben cancelar mes a mes las cuotas correspondientes
por créditos o deudas contraídas con la mencionada institución,
debieran poder hacerlo con dicho instrumento de pago, que como queda
dicho es de circulación forzosa. Ello permitiría que
cada uno de los deudores vea relativamente facilitada su vocación
de pago al no tener que salir secundariamente a realizar operaciones
de canje que le permitan cumplir con el pago a través de la
moneda de curso legal, es decir pesos, cuando posee un elemento alternativo
que de acuerdo a la reglamentación pertinente tiene igual valor
cancelatorio.
Por los motivos expuestos precedentemente, solicito a mis pares aprueben
el presente proyecto de comunicación.
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